HERALDO

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jueves, 10 de noviembre de 2011

IMÁGENES DE LO QUE QUEDA DE UN BOSQUE QUE HAY QUE PROTEGER

En el día de hoy continuamos con la documentación en imágenes de lo que queda del bosque URBANO Y SUBURBANO de Villa Carlos Paz, en Barrio Villa del Río, entre calles Las Rosas y Avenida Cárcano.
Las hemos subido a:

Como verán que poco importa a las autoridades de la ciudad este PATRIMONIO QUE NOS REGALÓ LA NATURALEZA sin ningún costo. 
¿Será posible que no se pueda hacer nada por ésto?

Si te llega este mensaje y sos Funcionario Público, tenés la posibilidad de actuar y proteger esto.
Es viejo....viejísimo...tienen muchos cientos de años, sin embargo nos están regalando la juventud y la vida nueva de sus rebrotes.
Ponete las pilas, y hacé lo que debas hacer de acuerdo a lo que establece la Carta Orgánica de Villa Carlos Paz:


MUNICIPIO SUSTENTABLE 
Artículo  12:  El ambiente es  patrimonio  de la sociedad.  Es  obligación  del Municipio 
preservar, conservar y mejorar el suelo, el agua, el aire, la flora y la fauna dentro del 
territorio  de su competencia.  Las  políticas en este sentido se  sustentan  en las 
necesidades y conveniencias actuales y como expresión de solidaridad activa con las 
próximas generaciones. 
Se  prohíbe la  aprobación  o  desarrollo  de cualquier proyecto urbanístico  que no se 
subordine a estos principios ambientales, al balance energético de la ciudad y que no
contemple la previsión y garantía de los servicios


LADERAS, COSTAS Y RIBERAS
Artículo 14: El Municipio de Villa Carlos Paz, ciudad turística serrana, declara que los 
faldeos  de las  sierras, los  bosques  autóctonos, las  costas  del lago,  incluyendo  su 
espejo  de agua  y  los ríos  que  la  atraviesan,  constituyen  sus recursos  naturales  y 
turísticos y deben ser protegidos  por ordenanzas y por convenios con Municipios o 
Comunas, Provincia  y  Nación.  El Municipio  tiene la  obligación de custodiar el 
ambiente de la cuenca y  laderas de los cordones montañosos  y la de no causar e 
impedir cualquier perjuicio sensible a sus aguas, lecho, subsuelo y a la flora y fauna
que en ellas habiten. 

BOSQUES NATIVOS URBANOS
Artículo 15: El Municipio debe preservar y proteger los bosques serranos urbanos y 
suburbanos,  que  constituyen  áreas  de alto  valor ecológico  con  potencial de 
desarrollo recreativo, educativo  y  turístico, para  el esparcimiento y  beneficio  de la 
generaciones presentes y futuras. 
Cuida los bosques protectores  y permanentes a fin de preservar su calidad de tales. 
Queda expresamente prohibido el uso extractivo  de los  bosques  nativos  urbanos  y suburbanos.

Y SI VIVÍS EN ESTE BENDITO TERRITORIO, MULTIPLICALO EN LA COMUNA O MUNICIPIO AL QUE PERTENEZCAS. 
TENEMOS QUE PARAR DE ALGÚN MODO ESTA BARBARIE QUE SE ESTÁ COMETIENDO EN VILLA CARLOS PAZ. 
ESTO MISMO ESTÁ OCURRIENDO EN FORMA MASIVA, Y EN ESTOS MOMENTOS, EN MUCHOS BOSQUES DE CÓRDOBA Y LA ARGENTINA.


SALUDOS

JUAN CARLOS A. PAESANI
FUNEAT

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FELICITACIONES POR LA MOVIDA!!!!!!!!!!

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