HERALDO

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jueves, 29 de julio de 2010

COMUNICADO CONFLICTO LA PENCA (Departamento Río Seco)

UNA NUEVA FINAL ENTRE CAMPESINOS Y SOJEROS
Campesinos del norte cordobés enfrentan al modelo sojero con el TSJ como árbitro

Ocho familias poseedoras del paraje La Penca reivindican el derecho a la tierra. Están imputadas de usurpar el campo que habitaron desde hace tres generaciones. Tienen una sentencia en contra del tribunal de Dean Funes. Pueden perder el campo y  tienen una pena de prisión condicional de entre ocho meses y dos años.

En los alrededores de Sebastián Elcano, departamento Río Seco, el paisaje anida signos de devastación. Algunas imágenes remiten a un temprano Apocalipsis desértico. Las imágenes muestran bestiales maquinarias agrícolas que dejan nubes de humo al atravesar los caminos guadalosos. Se asemejan a los tanques bélicos desfilando por los territorios conquistados.
Los hornos de carbón se ven como deprimidos en la desolación desmontada de una planicie que parece interminable; quizás el día de mañana alguien proponga importar madera para poder reactivarlos.
Sin embargo, en esas llanuras chaqueñas que supieron poblar miles de familias nativas, otras venidas del norte y alguna medio gringona venida del sur, todavía existe la opción y la voluntad de remediar la tierra y dar vida.
Sobre la polvorienta Ruta 21 alejándose unos ocho kilómetros de Elcano, en una de las picadas que se abren hacia el norte, hay un cartel añoso escrito sobre un disco de arado que reza “ESCUELA LA PENCA 3 kilómetros”. Hace alrededor de sesenta y cinco años, Doña Elina Viuda Belén de Olivera donó la tierra para que se montara allí el establecimiento educativo. Allí, su hijo Walter, aprendió a leer y a escribir.
Por esas cosas de la vida, en julio de 2010, los ocho hijos y la esposa de Walter Olivera esperan que la justicia les permita continuar con el legado civilizatorio.

Los Olivera saben de cuna lo que es luchar por transformar la realidad. Don Walter y sus hijos, con pico y pala cavaron una acequia de más de veinte kilómetros para que llegara el agua a la comunidad, construyeron caminos vecinales y se pusieron al frente de cuanto trabajo fuera necesario para mejorar las condiciones de vida de los campesinos que elegían desarrollar sus vidas allí.
Después de la muerte de Don Walter, sus ocho hijos continuaron transformando ese territorio difícil y esquivo en un vergel. Vacas, cabras, ovejas, chanchos, gallinas, pavos, patos y hasta ñandúes conviven con zapallos, calabazas, coreanitos, maíces y sorgos, con un tupido monte que sirve como testigo y juez de la amistad entre el hombre y la naturaleza. Los Olivera dan de comer. Trabajan de sol a sol para dar de comer. A esa manera de trabajar para sí y para los demás alguien le puso nombre: SOBERANÍA ALIMENTARIA.

Pero la armonía siempre encuentra comedidos que pretenden sepultarla. En marzo de 2004 Lucía Lazarte, viuda de Don Walter, y su nuera Verónica sintieron un ruido aterrador que se acercaba. Eran topadoras que venían abriéndose camino ante al resistencia de algarrobos y quebrachos. Solo Lucía y Verónica lograron parar las máquinas cuando se acercaban a destruir las viviendas. Los hermanos Muñoz, empresarios sojeros de la ciudad de Córdoba, pretendían ocupar por la fuerza el campo. Cuando a la resistencia se sumó el resto de la familia, las máquinas se retiraron.   
Con el tiempo, la pelea se trasladó al ámbito de los Tribunales de Deán Funes. Como para no desentonar, los jueces volvieron a mostrar su simpatía por las virtudes despobladoras del modelo sojero interpretando las leyes “para el lado de los tomates” (o reconfigurando el dicho popular: “para el lado de la soja”) Es que, una vez más, una familia que vivió por más de cien años en su tierra, fue culpada por un tribunal de usurpar su propio campo. Vale aclarar que los jueces Serafini, Elías y Ruiz, quienes dictaron la sentencia, fueron los encargados, entre otras causas, de absolver a los hermanos Scaramuzza en el caso de Doña Ramona Bustamante.

Mañana, le toca al Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de Córdoba, decidir el destino de la familia Olivera y su campo. En la sentencia está en juego la libertad de cinco integrantes de la familia Olivera y el porvenir del campo. La opción para los jueces debería ser clara: criminalizar a los poseedores ancestrales o defender la vida campesina, desierto o soberanía alimentaria.

Convocamos al pueblo cordobés a defender el modelo de la vida el viernes 30 a las 9 horas en Plaza de la Intendencia.

¡GLOBALICEMOS LA LUCHA, GLOBALICEMOS LA ESPERANZA!
¡SOBERANÍA ALIMENTARIA YA!

Unión Campesina del Norte (UCAN)
Movimiento Campesino de Córdoba (MCC)

Contactos:
03522 – 15649927 / 0351 – 152087647                ucancordoba@yahoo.com.ar

miércoles, 28 de julio de 2010

concentración por Ley de Bosques ya!!! miércoles 28 13,30hs

Para que la Ley de Bosques de Córdoba sea pronto una realidad.

 El próximo miércoles 28 de Julio es un día sumamente importante para el futuro inmediato de todos los que vivimos en Córdoba o disfrutamos de ella. Ese día deben sentarse los legisladores provinciales a tratar el proyecto de Ley de Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos (OTBN) de toda la pcia de Córdoba elaborado por la Comisión específica creada para tal fin (COTBN).
 Ese miércoles 28 vence el plazo definitivo (ya hubo prórroga) otorgado por Nación para la aprobación de la misma, por lo que ese día a las 13:30 hs nos concentraremos en la Legislatura pcial, tal como venimos haciendo desde un principio, para exigir que sea tratado y aprobado este proyecto de ley, proyecto que representa un ejemplo de trabajo y convivencia democrática. Luego de 2 años de arduo trabajo, donde se realizaron numerosos talleres (tanto en la ciudad capital como en ciudades del interior de Cba), asambleas ciudadanas y reuniones acerca de implicancias en aspectos técnicos, políticos, sociales y productivos, muchas organizaciones, instituciones y algunos legisladores han podido construír un proyecto único, con altos grados de consenso y que será referente para varias provincias. 
El sector que no está acordando con la letra del proyecto de la COTBN no argumenta su desacuerdo en base a la búsqueda del bien común; justamente lo contrario: algunas Sociedades Rurales y grupos de empresarios ganaderos argumentan que, si se aplica lo que propone la COTBN, no van a poder seguir extendiendo la superficie tanto de monocultivos agrícolas como de cultivos de forrajeras no nativas. Es por esto que algunos legisladores, ya sea por tener intereses relacionados al agronegocio o por presiones del sector que rechaza el proyecto, están desde hace varios meses dilatando su tratamiento en el recinto legislativo. Es increíble que sean los ciudadanos y las  organizaciones de base quienes estén exigiendo que el Estado provincial cumpla con el rol insustituible de proteger los ya escasos territorios con bosque y su regeneración. Que quede bien claro para el que aún tenga dudas: los recursos naturales NO LE PERTENECEN al propietario o poseedor de cualquier predio o territorio; el propietario es sólo un ADMINISTRADOR TEMPORARIO de los mismos. Es el Estado el responsable de su preservación, es él quien debe dictar las normas y pautas que orienten la administración de recursos que realizan los propietarios.

Las razones por las que la Universidad de Córdoba rachaza los fondos de la megaminería

NO QUIEREN PLATA DE LAS MINERAS
(artículo aparecido en el portal Primera Fuente)


Publicado el: 27/07/2010 | La Unión de Asambleas Ciudadanas (UAC) emitió los fundamentos por los cuales la Universidad Nacional de Córdoba se opone a continuar recibiendo dinero proveniente de las megaexlotaciones mineras. Destrucción de los ecosistemas, derechos humanos, el mito de la generación de empleos, las causas por presunta evasión impositiva son parte de las razones.
La mega-minería dominantemente transnacional en el país está mostrando todo su poder para condicionar la democracia nacional y de las provincias. En el caso de Córdoba, hoy se verifica un escenario de presiones del sector empresarial minero y de geólogos de la C.N.E.A. ante el Tribunal Superior de Justicia, con el afán de declarar la inconstitucionalidad de la Ley Provincial 9526 que, aprobada en setiembre de 2008, establece la prohibición de la actividad minera metalífera en la modalidad a cielo abierto, en todas sus etapas, en todo el territorio provincial. Asimismo, se constata la presencia de la empresa Barrick Gold a través de cartillas de “prevención vial” en Villa Carlos Paz –próxima a la zona donde pretenden explotar uranio-; y la circulación de una supuesta declaración sin firmas que aviesamente se auto-titula “Declaración de las Universidades Nacionales en defensa de la actividad minera”, por distintos medios pro-mineros, estatales y empresariales.
Por la trascendencia del tema, a continuación presentamos las principales razones que motivaron por parte del Honorable Consejo Superior de la Universidad Nacional de Córdoba (Resolución 1308, 15 de diciembre 2009), el rechazo de los fondos provenientes de la mega-minería, razones silenciadas por la casi totalidad de los medios de comunicación.
Al inicio de ese texto –resultado de un extensísimo debate-, en lo relativo a “Visto”, se recuerda (…) “Que la Comisión de Vigilancia y Reglamento del HCS recibió a representantes de las asambleas, de las comunidades afectadas y a académicos e investigadores que también acercaron bibliografía específica y fundaron sus apreciaciones en estudios publicados respecto de los impactos negativos ambientales, sociales y económicos de los emprendimientos mineros en cuestión;
Que mediante Resolución Nº 426/09 el H. Consejo Superior se hizo eco de la preocupación expresada por diferentes sectores y organismos acerca de las condiciones y consecuencias socioambientales de la explotación minera en distintos yacimientos en nuestro país, señalando expresamente en su Art. 2º su “convicción de que la agresión al ambiente debe ser enérgicamente condenada y los intereses del gran capital involucrado deben ceder frente al interés general de la sociedad argentina”;
Y así llegamos a lo que creemos fundamental que se de a difusión, y que toda la población sepa POR QUÉ nuestra Universidad pública se definió en contra de esta actividad. Son centrales los siguientes párrafos:
”CONSIDERANDO: Que se ha verificado empíricamente, y lo sostiene la amplia mayoría de los informes recogidos por este cuerpo, que la actividad minera que se desarrolla a cielo abierto e implica la utilización de procedimientos químicos para la extracción de metales, daña severamente el ambiente y en consecuencia a los seres humanos y sus comunidades;
(…) La grave e irreversible destrucción de los ecosistemas, contaminación de las fuentes de agua, la magnitud y peligrosidad de los insumos y efluentes, una profunda afectación de la flora, la fauna, el hábitat y el paisaje local, con la consecuente pérdida de biodiversidad y la degradación general de las condiciones socioambientales mínimas requeridas para las restantes actividades económicas, para la salud humana -tanto desde el punto de vista genético como de la generación de diversas patologías- y la reproducción de la vida en general;
Que este tipo de actividades produce por lo general un avasallamiento de las pautas culturales de la población local, lo que sumado a los daños ambientales empíricamente verificados, degradan la calidad de vida en las regiones afectadas;
Que la Constitución Nacional en su art. 41 primera parte establece que “Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras, y tienen el deber de preservarlo. El daño ambiental generará prioritariamente la obligación de recomponer, según lo establezca la ley.”; que al amparo de tal disposición se dicta la ley 25.675 (27/11/02), en la que se define en su Artículo 27 el daño ambiental;
Que el Estado Nacional al haber asumido el compromiso, como integrante de la comunidad internacional, de trabajar en pro de la protección del medio ambiente sano en cuanto indispensable para el desarrollo integral del ser humano y al haber reconocido en numerosos instrumentos internacionales y regionales (…)
Que la problemática socioambiental, no sólo involucra dimensiones económicas y técnicas, sino que implica fundamentalmente aspectos vinculados a los derechos humanos y el bienestar de las comunidades. En tal sentido el Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en Materia de Derechos Económicos, Sociales, Culturales -Protocolo de San Salvador-, instrumento que suscribió nuestro país dándole en ese acto jerarquía constitucional, genera la responsabilidad ineludible de nuestro Estado Nacional de promover la protección, preservación y mejoramiento del medio ambiente, para garantizar a toda persona su derecho a vivir en un medio ambiente sano (Art. 11, Protocolo de San Salvador);
Que la actividad de la minería metálica no tiene un alto impacto económico en relación a la generación de riqueza ni es alta su contribución al PBI;
Que la actividad minera se ha visto beneficiada, a lo largo de la década del noventa, por legislaciones (Ley 24.498; Ley 24.402; Ley 25.261; Ley 24.196) que permiten la libre transferencia de sus utilidades al exterior, la estabilidad fiscal por 30 años, la deducción en un 100% del pago del Impuesto a las Ganancias por inversiones en prospección, exploración, estudios de suelos, ensayos y otras actividades, la exención del pago del Impuesto a las Ganancias respecto de los derechos mineros y aportes de minas como capital social, el financiamiento y devolución del IVA para bienes de capital e inversiones en obras de infraestructura física, la exención al pago de la Ley de Sellos, la exención del pago de derechos por importación u otros tributos, por la introducción de bienes de capital, equipos, repuestos y accesorios, la exención al pago del Impuesto sobre los activos, los cheques, y los combustibles líquidos. Ello hace que el negocio de la minería reporte un escenario más que favorable para la inversión transnacional, tanto es así que la Secretaría de Minería de la Nación estima que el crecimiento acumulado de proyectos para el período 2003-2006 se sitúa por encima del 800%. Todas estas inversiones dirigidas hacia la extracción de oro y cobre y la mayoría son emprendimientos a cielo abierto con el impacto socioambiental ya mencionado.
Que esta situación requiere de una pronta modificación de la legislación que de prioridad al interés general de la sociedad argentina y no a los intereses del gran capital involucrado en los mega emprendimientos mineros, como así también requiere del estudio de instrumentos legales para responsabilizar a estas empresas respecto de los daños socioambientales pasados o futuros como consecuencia de su intervención;
Que las empresas mineras funcionan en Argentina con un contacto económico mínimo con su entorno, dado que los métodos actuales hacen que la extracción de oro del subsuelo no se inserte dentro de una cadena productiva amplia e integrada económicamente; corroborado esto por la propia Minera Alumbrera Ltd. al decir que: “El proyecto no promueve la participación activa de todos los sectores socio-económicos, especialmente los más desfavorecidos de la población ya que requiere de poca mano de obra, muy especializada”;
Que tampoco resultan ajenas a esta problemática, las prácticas del clientelismo de empresa practicado por Minera Alumbrera bajo el revestimiento ideológico de la denominada “minería socialmente responsable”, “responsabilidad social empresaria”, o “minería sustentable”, para acallar las voces críticas y provocar la captación indirecta de voluntades y la limitación del ejercicio de la libertad de opinión de las comunidades y judicializando la protesta social, tal como fuera denunciado por el Defensor del Pueblo de la Nación (Actuación Nº 2538/05) instando al Estado a ser “extremadamente cuidadoso para que el cumplimiento de las funciones que le son obligatorias y justifican su razón de ser, tales como la promoción de la educación, la salud y la preservación del ambiente, no se conviertan en un instrumento de ‘asistencialismo minero’…”;
Que por el corpus normativo de los años noventa –ingeniería técnica y jurídica plasmada en el código minero- el Estado se ha autoinhibido para disponer de su subsuelo; promoviendo el ingreso de la gran minería mundial en la Argentina bajo el paradigma neoliberal de explotación de los recursos naturales. En otras palabras, las mejores condiciones posibles para las empresas involucradas y la menor injerencia posible del Estado y de la sociedad civil, que permite la apropiación de inversores extranjeros de algunos de los últimos recursos no renovables del país;
Que el gobierno nacional mantuvo los beneficios económico - impositivos de la década del 90 y que la legislación minera no ha tenido cambios en la actualidad, con el agravante del veto a leyes protectoras de la integridad del ambiente como la ley de glaciares, lo que resulta regresivo respecto de la protección del ambiente;
Que las causas y las fuentes de los problemas socioambientales se debieran atender en forma prioritaria e integrada, tratando de prevenir los efectos negativos que sobre el ambiente se puedan producir (derecho preventivo) y que la ausencia de información o certeza científica no debe ser motivo para la inacción frente a un peligro de daño grave o irreversible en el ambiente, en la salud o en la seguridad pública (derecho precautorio); y que el desarrollo económico y social y el aprovechamiento de los recursos naturales debieran realizarse a través de una gestión apropiada del ambiente, de manera tal que no comprometa las posibilidades de las generaciones presentes y futuras (sustentabilidad);
Que Minera Alumbrera ha desarrollado, desarrolla y financia, con instituciones educativas de nivel primario, secundario e incluso universidades, actividades formativas y académicas que son utilizadas como instancias de legitimación de la empresa y de sus emprendimientos extractivos y que a través de estrategias de validación amparadas en la supuesta neutralidad del saber científico como variable asimétrica y vertical, se busca inhibir y/o controlar los conflictos y anular la legitimidad de derechos ciudadanos, desautorizando, desacreditando, y/o invisibilizando las resistencias al modelo de desarrollo que propugna;
Que la UNC mantiene un alto compromiso institucional en defensa del bien público y que debe estar al servicio de los derechos de los ciudadanos y nunca sujetos a intereses corporativos, y por lo tanto nuestro pronunciamiento público en este tema, la decisión que tomamos y las acciones concretas que de esta resolución se deriven, no están en ningún caso condicionadas por necesidades financieras;
Que es misión de nuestra Universidad consagrada en el artículo segundo de los Estatutos de la UNC: “d) promover la actuación del universitario en el seno del pueblo al que pertenece, destacando su sensibilidad para los problemas de su época y las soluciones de los mismos; y e) proyectar su atención permanente sobre los grandes problemas y necesidades de la vida nacional, colaborando desinteresadamente en su esclarecimiento y solución”-
Como podemos ver, se trata de uno de los análisis más profundos, comprometidos y socialmente integrales que se haya hecho en nuestro país sobre una actividad económica, y reiteramos: ha tenido mínimo reflejo en los medios de comunicación.
Además, en marzo de este año 2010, el cuerpo de consiliarios de la UNC manifestó, a través de una declaración, su solidaridad con los habitantes perjudicados por esa actividad económica, su total apoyo a sus reclamos reivindicatorios, en procura de la protección de su derecho a la vida; y también repudió la represión policial y criminalización de la protesta social ocurrida en la comunidad de Andalgalá, Catamarca.
En este sentido cabe recordar que numerosas manifestaciones, cortes de ruta, hechos de represión, detenciones, intimidaciones y otras situaciones relativas a conflictos mineros se viven regularmente en varias provincias del país. Este no es sólo un tema “ambiental”. Creemos que este documento y esta sólida actitud de nuestra Universidad deben tener amplia difusión, por el pleno ejercicio del derecho constitucional a la información pública. Por la Unión de Asambleas Ciudadanas

lunes, 26 de julio de 2010

ENCUENTRO PRE-UAC DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

 8 DE AGOSTO EN VILLA GIARDINO:


JUNTANDO FUERZA Y PROPUESTAS PARA LLEVAR A LA UAC 13

Del 13 al 16 de agosto se realizará en Santiago del Estero el 13º encuentro de la Unión de Asambleas Ciudadanas (UAC), un espacio de encuentro y articulación de asambleas y grupos que luchan contra el saqueo y la contaminación. La UAC se formó en julio de 2006, en Colonia Caroya, con la participación de asambleístas que enfrentaban la megaminería, los agrotóxicos sojeros y la instalación de papeleras en el río Uruguay.

Ante la necesidad de seguir pensando en unir fuerzas, en profundizar los debates y reforzar las acciones de resistencia para defender la pureza del agua, la tierra y el aire de nuestras comunidades, desde Ongamira Despierta y desde las asambleas de la zona de Punilla invitamos a una jornada de encuentro y de trabajo, el domingo 8 de agosto desde las 10 de la mañana.

Preparándonos para el fuerte evento que se viene gestando en Santiago del Estero, pedimos que cada colectivo traiga su problemática para compartir e informar en que instancia se encuentra,  reunir materiales y folletería para llevar, coordinar esfuerzos con los que viajen, reforzar y renovar nuestros lazos.

Invitamos a todos los grupos y organizaciones que puedan acercarse.

Depende de todos que la UAC siga creciendo y articulando resistencias, en la búsqueda de una sociedad mas justa, que viva más en armonía con la naturaleza, protegiéndola para las generaciones presentes y futuras.

ONGAMIRA DESPIERTA

 
 
Pre-UAC Córdoba // 8 de agosto, 10hs, Villa Giardino. Salón a confirmar. Almuerzo a la canasta.

Contactos:

domingo, 25 de julio de 2010

II ENCUENTRO, INTERCAMBIO SOLIDARIO DE SEMILLAS Y FESTEJO POPULAR!!


Domingo 1º de agosto a partir de las 10hs

Escuela Secundaria de Villa de Las Rosas
Traslasierra – Córdoba
 
Con el objetivo de intercambiar semillas, saberes ancestrales, culturas, experiencias e ideas creativas.
De este modo podemos construir entre todos un hábitat sustentable. 
ORGANIZA: INTERFERIAS DEL VALLE
 
Que puedo llevar para intercambiar?
 
Trae tus semillas, brotes, gajos, plantines, guías,
estacas, ramas, compost, humus, recetas, saberes,
experiencias o cualquier producto de origen artesanal !
 
Va a haber actividades para que los niños se entretengan, jueguen o participen
 
El encuentro comienza a las diez con la ceremonia de la Pachamama y la apacheta, luego una charla- debate con panelistas invitados bajo el lema “queremos que la vida siga siendo VIDA” SEMILLAS DE LA PACHA, al mediodía viene una sopa popular gratuita mas el buffet de las ferias de alimentos, continuamos con el intercambio de semillas y en ese periodo habra mesas educativas como el serpentario, permacultura, tintes naturales, stand con libros, reforestacion, videos,etc.
 
Presentación de grupos musicales juveniles y la
participación especial de los NIETOS DE DON GAUNA con José Luis Aguirre.
 
Traer plato para tomar la sopa
Piedrita para la ceremonia de la Pachamama
Y MUCHAS GANAS DE ESTAR  !!!!!
 
  
Intercambio de semillas autóctonas
y también otras;
Traslasierra festeja el día de nuestra
Pachamama
Nuestras semillas, brotes, gajos y demás
concientizarán
La tierra, agua, luz, aire y calor:
vida más vida
 La red humana sostendrá la vida:
LA SEMILLA

PROGRAMA

Domingo 1º DE AGOSTO
Escuela Secundaria de Villa de Las Rosas
IIª FERIA DE INTERCAMBIO DE SEMILLAS


10hs           Ceremonia y Ofrenda                  a la Pachamama
 (participación colectiva, traé tu piedra para la apacheta)

10.30hs      Panel con invitados    especiales, charla-debate:
”Queremos que la vida  siga siendo VIDA,   
SEMILLAS DE LA PACHAMAMA

12.30hs       sopa popular gratuita mas el buffet de las ferias alimentos
Traer plato y cuchara

14.30hs       Circo  “Una máquina misteriosa” (para niños y adultos)

15 a 18 hs    Intercambio de Semillas.  Mesas Educativas.
       Talleres en las aulas  

18 a 20hs:     Presentación de grupos musicales juveniles y la participación especial de
Los NIETOS DE DON GAUNA con José Luis Aguirre



Comenzaremos la construcción del  Banco de Semillas Comunitario.
Es nuestra intención aportar al cambio de conciencia planetaria, sembrando nuevas semillas de solidaridad, intercambio, soberanía alimentaria, hermandad …
Te invitamos a traer lo que quieras donar, brotes, gajos, plantines, guías, estacas, compost, humus, recetas, saberes, experiencias, etc….. y si no podés traer nada, el banco de semillas comunitario te proveerá a vos. El próximo año podrás devolver de tu cosecha lo que hayas recogido.




Invitados especiales:
•Marcela Ledesma, Estación Forestal Inta
•César Gramaglia, Inta
•Sergio Dumrauf ,IPAF, región pampeana
•Hugo Serna, Travesía                    


Temas:
•experiencias sobre ferias alimentarias a nivel nacional
•desarrollo de economías locales
•el monte como soporte de la vida
•las vivencias en la Cumbre de Cochabamba, Bolivia


 Talleres en las Aulas:  
  • Tintes naturales, Molienda de la algarroba y elaboración de café de Algarroba, Vivero de plantas nativas, a cargo de alumnos de 5to. y 6to. Año de Escuela secundaria de Las Rosas y sus docentes.
  • Aula de videos: Luis Volkmann 1)Video sobre mariposas, 2)Video : Planeta libre,3)Tierra Fértil              
  • Actividades y juegos  para niños
 

Mesas educativas confirmadas:

·         Acerca del monte  
·         Libros
·         Asamblea Traslasierra Despierta
·         Red por el Agua y reforestación Monte quemado
·         Necesidad del Ordenamiento territorial 
·         Serpentario
·         Bomberos
·         La peperina domesticada
·         Permacultura
·         Nico Fioretti, experiencias en Ecuador
·         Humus y Lumbricompuesto


Otra nube de sal de Mar Chiquita cubrió el cielo

HOLA A TODOS:

MAS ABAJO UNA NOTA QUE DEBEN VER:

NOSOTROS ESTAMOS EN SU CUENCA Y PENSAMOS QUE ESTO NO NOS VA A AFECTAR, MIENTRAS TANTO SE SIGUE CON CONSTRUIR DIQUES Y QUE EL AGUA DE LA CUENCA ALTA NOS PERTENECE SOLO A NOSOTROS.

ES LAMENTABLE QUE LA POBLACIÓN DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA Y DE OTRAS PROVINCIAS NO TOME CONCIENCIA DE ESTO QUE ESTÁ OCURRIENDO Y ES GRAVÍSIMO. ESTOS TEMAS DEBEN COLOCARSE EN LA OPINIÓN PÚBLICA.

ESTO QUE ESTÁ EN ESTOS LINKS, COMENZÓ DE LA MISMA FORMA. TANTO EL MAR DE ARAL COMO LA LAGUNA MAR CHIQUITA SON DOS MARES SALINOS Y DE LAS MISMAS CARACTERÍSTICAS (CUENCAS ENDORREICAS O CERRADAS, SIN SALIDA AL MAR), SALVANDO LAS DISTANCIAS, POR SUPUESTO, DE LAS DIMENSIONES QUE TENÍA EL DE ARAL.

CON MÁS RAZÓN POR ESTO ÚLTIMO DEBÍERAMOS TENER UNA RÁPIDA REACCIÓN, LA LAGUNA MAR CHIQUITA ES UNA SUPERFICIE Y VOLUMEN INFERIOR.

http://es.wikipedia.org/wiki/Mar_de_Aral

http://tejiendoelmundo.wordpress.com/2009/11/14/el-desastre-del-mar-de-aral-una-muerte-anunciada/

http://www.madrimasd.org/blogs/astrofisica/2008/06/24/95422


http://www.clubdelamar.org/aral.htm

LES MANDO UN SALUDO

JUAN CARLOS

El fenómeno tiene origen en la laguna y abarcó casi media provincia. Se produce cuando el viento levanta la sal que se acumula en la costa.



El fenómeno de las nubes de sal que surgen en Mar Chiquita volvió a suceder. La imagen satelital corresponde al viernes último, cuando el fuerte viento volvió a generar una espesa columna salina que se dispersó por cientos de kilómetros. Para dimensionar las distancias, en el margen inferior izquierdo de la foto puede observarse el manchón que representa la ciudad de Córdoba, y luego, en fila, los lagos San Roque, Los Molinos y Embalse. La nube de sal, que en los últimos años se viene observando en días de vientos intensos, esta vez pasó muy cerca de la capital cordobesa.
El fenómeno es producido por la creciente acumulación de sal en la costa norte de la laguna, facilitada por el hecho de que, desde 2003, la Mar Chiquita viene bajando en su nivel. Este motivo, entre otros, generó que desde algunos sectores, como el centro de investigaciones Promar de la UNC, se venga advirtiendo sobre la necesidad de acentuar el control para que sobre el principal río afluente de la laguna (el Salí-Dulce) no se sigan haciendo derivaciones de aguas que disminuyan el caudal que llega al también llamado Mar de Ansenuza y comprometa su ecosistema.

jueves, 22 de julio de 2010

Comunicado de Prensa UAC: Las principales razones por las que la UNC ha rechazado fondos provenientes de la mega-minería.



Prensa Unión de Asambleas Ciudadanas Informa
22 de julio de 2010


Comunicado de Prensa

Unión de Asambleas Ciudadanas

Las principales razones por las que la UNC ha rechazado fondos provenientes de la mega-minería.

La mega-minería dominantemente transnacional en nuestro país está mostrando todo su poder para condicionar la democracia nacional y de las provincias. En el caso de Córdoba, hoy se verifica un escenario de presiones del sector empresarial minero y de geólogos de la C.N.E.A. ante el Tribunal Superior de Justicia, con el afán de declarar la inconstitucionalidad de la Ley Provincial 9526 que, aprobada en setiembre de 2008, establece la prohibición de la actividad minera metalífera en la modalidad a cielo abierto, en todas sus etapas, en todo el territorio provincial. Asimismo, se constata la presencia de la empresa Barrick Gold a través de cartillas de “prevención vial” en Villa Carlos Paz –próxima a la zona donde pretenden explotar uranio-; y la circulación de una supuesta declaración sin firmas que aviesamente se auto-titula “Declaración de las Universidades Nacionales en defensa de la actividad minera”, por distintos medios pro-mineros, estatales y empresariales.

Por la trascendencia del tema, a continuación presentamos las principales razones que motivaron por parte del Honorable Consejo Superior de la Universidad Nacional de Córdoba (Resolución 1308, 15 de diciembre 2009), el rechazo de los fondos provenientes de la mega-minería, razones silenciadas por la casi totalidad de los medios de comunicación.

Al inicio de ese texto –resultado de un extensísimo debate-, en lo relativo a “Visto”, se recuerda (…) “Que la Comisión de Vigilancia y Reglamento del HCS recibió a representantes de las asambleas, de las comunidades afectadas y a académicos e investigadores que también acercaron bibliografía específica y fundaron sus apreciaciones en estudios publicados respecto de los impactos negativos ambientales, sociales y económicos de los emprendimientos mineros en cuestión;

Que mediante Resolución Nº 426/09 el H. Consejo Superior se hizo eco de la preocupación expresada por diferentes sectores y organismos acerca de las condiciones y consecuencias socioambientales de la explotación minera en distintos yacimientos en nuestro país, señalando expresamente en su Art. 2º su “convicción de que la agresión al ambiente debe ser enérgicamente condenada y los intereses del gran capital involucrado deben ceder frente al interés general de la sociedad argentina”;

Y así llegamos a lo que creemos fundamental que se de a difusión, y que toda la población sepa POR QUÉ nuestra Universidad pública se definió en contra de esta actividad. Son centrales los siguientes párrafos:

”CONSIDERANDO:

Que se ha verificado empíricamente, y lo sostiene la amplia mayoría de los informes recogidos por este cuerpo, que la actividad minera que se desarrolla a cielo abierto e implica la utilización de procedimientos químicos para la extracción de metales, daña severamente el ambiente y en consecuencia a los seres humanos y sus comunidades;

(…) La grave e irreversible destrucción de los ecosistemas, contaminación de las fuentes de agua, la magnitud y peligrosidad de los insumos y efluentes, una profunda afectación de la flora, la fauna, el hábitat y el paisaje local, con la consecuente pérdida de biodiversidad y la degradación general de las condiciones socioambientales mínimas requeridas para las restantes actividades económicas, para la salud humana -tanto desde el punto de vista genético como de la generación de diversas patologías- y la reproducción de la vida en general;

Que este tipo de actividades produce por lo general un avasallamiento de las pautas culturales de la población local, lo que sumado a los daños ambientales empíricamente verificados, degradan la calidad de vida en las regiones afectadas;

Que la Constitución Nacional en su art. 41 primera parte establece que “Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras, y tienen el deber de preservarlo. El daño ambiental generará prioritariamente la obligación de recomponer, según lo establezca la ley.”; que al amparo de tal disposición se dicta la ley 25.675 (27/11/02), en la que se define en su Artículo 27 el daño ambiental;

Que el Estado Nacional al haber asumido el compromiso, como integrante de la comunidad internacional, de trabajar en pro de la protección del medio ambiente sano en cuanto indispensable para el desarrollo integral del ser humano y al haber reconocido en numerosos instrumentos internacionales y regionales (…)

Que la problemática socioambiental, no sólo involucra dimensiones económicas y técnicas, sino que implica fundamentalmente aspectos vinculados a los derechos humanos y el bienestar de las comunidades. En tal sentido el Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en Materia de Derechos Económicos, Sociales, Culturales -Protocolo de San Salvador-, instrumento que suscribió nuestro país dándole en ese acto jerarquía constitucional, genera la responsabilidad ineludible de nuestro Estado Nacional de promover la protección, preservación y mejoramiento del medio ambiente, para garantizar a toda persona su derecho a vivir en un medio ambiente sano (Art. 11, Protocolo de San Salvador);

Que la actividad de la minería metálica no tiene un alto impacto económico en relación a la generación de riqueza ni es alta su contribución al PBI;

Que la actividad minera se ha visto beneficiada, a lo largo de la década del noventa, por legislaciones (Ley 24.498; Ley 24.402; Ley 25.261; Ley 24.196) que permiten la libre transferencia de sus utilidades al exterior, la estabilidad fiscal por 30 años, la deducción en un 100% del pago del Impuesto a las Ganancias por inversiones en prospección, exploración, estudios de suelos, ensayos y otras actividades, la exención del pago del Impuesto a las Ganancias respecto de los derechos mineros y aportes de minas como capital social, el financiamiento y devolución del IVA para bienes de capital e inversiones en obras de infraestructura física, la exención al pago de la Ley de Sellos, la exención del pago de derechos por importación u otros tributos, por la introducción de bienes de capital, equipos, repuestos y accesorios, la exención al pago del Impuesto sobre los activos, los cheques, y los combustibles líquidos. Ello hace que el negocio de la minería reporte un escenario más que favorable para la inversión transnacional, tanto es así que la Secretaría de Minería de la Nación estima que el crecimiento acumulado de proyectos para el período 2003-2006 se sitúa por encima del 800%. Todas estas inversiones dirigidas hacia la extracción de oro y cobre y la mayoría son emprendimientos a cielo abierto con el impacto socioambiental ya mencionado.

Que esta situación requiere de una pronta modificación de la legislación que de prioridad al interés general de la sociedad argentina y no a los intereses del gran capital involucrado en los mega emprendimientos mineros, como así también requiere del estudio de instrumentos legales para responsabilizar a estas empresas respecto de los daños socioambientales pasados o futuros como consecuencia de su intervención;

Que las empresas mineras funcionan en Argentina con un contacto económico mínimo con su entorno, dado que los métodos actuales hacen que la extracción deoro del subsuelo no se inserte dentro de una cadena productiva amplia e integrada económicamente; corroborado esto por la propia Minera Alumbrera Ltd. al decir que: “El proyecto no promueve la participación activa de todos los sectores socio-económicos, especialmente los más desfavorecidos de la población ya que requiere de poca mano de obra, muy especializada”;

Que tampoco resultan ajenas a esta problemática, las prácticas del clientelismo de empresa practicado por Minera Alumbrera bajo el revestimiento ideológico de la denominada “minería socialmente responsable”, “responsabilidad social empresaria”, o “minería sustentable”, para acallar las voces críticas y provocar la captación indirecta de voluntades y la limitación del ejercicio de la libertad de opinión de las comunidades y judicializando la protesta social, tal como fuera denunciado por el Defensor del Pueblo de la Nación (Actuación Nº 2538/05) instando al Estado a ser “extremadamente cuidadoso para que el cumplimiento de las funciones que le son obligatorias y justifican su razón de ser, tales como la promoción de la educación, la salud y la preservación del ambiente, no se conviertan en un instrumento de ‘asistencialismo minero’…”;

Que por el corpus normativo de los años noventa –ingeniería técnica y jurídica plasmada en el código minero- el Estado se ha autoinhibido para disponer de su subsuelo; promoviendo el ingreso de la gran minería mundial en la Argentina bajo el paradigma neoliberal de explotación de los recursos naturales. En otras palabras, lasmejores condiciones posibles para las empresas involucradas y la menor injerencia posible del Estado y de la sociedad civil, que permite la apropiación de inversores extranjeros de algunos de los últimos recursos no renovables del país;

Que el gobierno nacional mantuvo los beneficios económico - impositivos de la década del 90 y que la legislación minera no ha tenido cambios en la actualidad, con el agravante del veto a leyes protectoras de la integridad del ambiente como la ley de glaciares, lo que resultaregresivo respecto de la protección del ambiente;

Que las causas y las fuentes de los problemas socioambientales se debieran atender en forma prioritaria e integrada, tratando de prevenir los efectos negativos que sobre el ambiente se puedan producir (derecho preventivo) y que la ausencia de información o certeza científica no debe ser motivo para la inacción frente a un peligro de daño grave o irreversible en el ambiente, en la salud o en la seguridad pública (derecho precautorio); y que el desarrollo económico y social y el aprovechamiento de los recursos naturales debieran realizarse a través de una gestión apropiada del ambiente, de manera tal que no comprometa las posibilidades de las generacionespresentes y futuras (sustentabilidad);

Que Minera Alumbrera ha desarrollado, desarrolla y financia, con instituciones educativas de nivel primario, secundario e incluso universidades, actividades formativas y académicas que son utilizadas como instancias de legitimación de la empresa y de sus emprendimientos extractivos y que a través de estrategias de validación amparadas en la supuesta neutralidad del saber científico como variable asimétrica y vertical, se busca inhibir y/o controlar los conflictos y anular la legitimidad de derechos ciudadanos, desautorizando, desacreditando, y/o invisibilizando las resistencias al modelo de desarrollo que propugna;

Que la UNC mantiene un alto compromiso institucional en defensa del bien público y que debe estar al servicio de los derechos de los ciudadanos y nunca sujetos a intereses corporativos, y por lo tanto nuestro pronunciamiento público en este tema, la decisión que tomamos y las acciones concretas que de esta resolución se deriven, no están en ningún caso condicionadas por necesidades financieras;

Que es misión de nuestra Universidad consagrada en el artículo segundo de los Estatutos de la UNC: “d) promover la actuación del universitario en el seno del pueblo al que pertenece, destacando su sensibilidad para los problemas de su época y las soluciones de los mismos; y e) proyectar su atención permanente sobre los grandes problemas y necesidades de la vida nacional, colaborando desinteresadamente en su esclarecimiento y solución”-

(Destacados nuestros)

Como podemos ver, se trata de uno de los análisis más profundos, comprometidos y socialmente integrales que se haya hecho en nuestro país sobre una actividad económica, y reiteramos: ha tenido mínimo reflejo en los medios de comunicación.

Además, en marzo de este año 2010, el cuerpo de consiliarios de la UNC manifestó, a través de una declaración, su solidaridad con los habitantes perjudicados por esa actividad económica, su total apoyo a sus reclamos reivindicatorios, en procura de la protección de su derecho a la vida; y también repudió la represión policial y criminalización de la protesta social ocurrida en la comunidad de Andalgalá, Catamarca.

En este sentido cabe recordar que numerosas manifestaciones, cortes de ruta, hechos de represión, detenciones, intimidaciones y otras situaciones relativas a conflictos mineros se viven regularmente en varias provincias del país. Este no es sólo un tema “ambiental”. Creemos que este documento y esta sólida actitud de nuestra Universidad deben tener amplia difusión, por el pleno ejercicio del derecho constitucional a la información pública.

UNION DE ASAMBLEAS CIUDADANAS - UAC

22 de julio de 2010

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Para más información:
prensa@asambleasciudadans.org.ar

El texto completo de la resolución de la UNC está disponible en
http://www.unc.edu.ar/institucional/noticias/2009/diciembre/la-unc-rechazo-los-fondos-de-la-minera-alumbrera

Nota reciente: Rechazo en Europa a la minería con cianuro
http://www.pagina12.com.ar/diario/sociedad/3-149146-2010-07-09.html

Más información sobre estas temáticas en argentina y el mundo:

http://www.noalamina.org


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Comisión Prensa y Comunicación
UAC Union de Asambleas Ciudadanas

FELICITACIONES POR LA MOVIDA!!!!!!!!!!

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